Policías serán sometidos a pruebas de drogas: expulsarán a quienes sean consumidores
se trata de controles toxicológicos periódicos y espontáneos que realizarán los agentes de la Policía de Entre Ríos.
En el marco de un episodio que causó un importante revuelo interno en la
fuerza de seguridad, las autoridades bajaron la orden de informar a
todos los integrantes de la fuerza sobre la resolución del año 2019 que
priva a los policías de cualquier tipo de contacto con “las sustancias
estupefacientes prohibidas por la Ley”; de lo contrario estarán
expuestos a un sumario y la baja de la institución. Para controlarlos
del uso de drogas, implementarán controles toxicológicos periódicos y
espontáneos.
Motivo
Lo que motivó la resolución firmada por el jefe Gustavo
Maslein el 4 de enero pasado fue que habrían encontrado a un grupo de
policías consumiendo marihuana. Pese a advertencias sobre estas
situaciones o a los planteos para que el asunto se aborde desde un punto
de vista sanitario, ahora se ordenó a “los señores directores, jefes
departamentales, jefes de divisiones y secciones notificar a su personal
de la resolución de 2019 que no se admitirá por parte de la institución
policial que el personal consuma drogas ilícitas dentro de su faz
particular o profesional, ya que eventualmente y en forma alternada se
efectuarán controles selectivos específicos para verificar que el
personal subordinado cumple con los requisitos físicos e intelectuales
que actualmente requiere nuestra repartición”, sostiene la misiva de
hace 19 días.
Postura de la Policía
La disposición del jefe de la Policía
remite a la resolución de 2019 donde se fundamenta la postura
institucional con mayor profundidad, de la cual se destacan algunos
puntos:
-“El consumo de drogas ilícitas resulta absolutamente incompatible con
el estado policial con que el ordenamiento jurídico inviste a los
funcionarios policiales de todos los cuerpos”.
-“Para el cumplimiento de su rol específico de seguridad pública, le
imposibilita naturalizar esta conducta al policía por sus negativas
connotaciones éticas, funcionales y legales”.
-“Si bien el consumo y/o abuso de drogas prohibidas puede virtualmente
producirse en dos esferas -la privada y la laboral-, en ninguno de ambos
casos es ajeno a la institución sino que la atraviesa profundamente en
razón de las peculiaridades del trabajo policial ya que el abuso o
contacto de uso con drogas, sea porque tiene lugar en el horario de
trabajo o fuera de él, necesariamente impacta nocivamente en la imagen y
trabajo policial, dado que una de las funciones primordiales de la
Policía de Entre Ríos es, justamente, prevenir los delitos y concurrir
al cumplimiento de las leyes, debiéndose hallar el efectivo en condición
de total capacidad para hacer frente a dicho flagelo social”.
-“El consumo de drogas ilícitas por parte de un funcionario policial,
inexorablemente trasciende el ámbito de lo privado para incidir en la
vida cotidiana de la institución y de la sociedad toda, ello en función a
que la persona que de alguna manera tuviera contacto de uso con
sustancias prohibidas, ya sea por consumo eventual, recreativo o
adictivo/dependiente, resulta con afectaciones físicas y psicológicas,
en atención a que en su organismo a pesar del transcurso del tiempo y de
la acción del metabolismo subsisten los efectos perniciosos”.
-“Por tratarse de una substancia de naturaleza ilícita, necesariamente
exige que el consumidor por sí o por interpósita persona se acerque e
interactúe en la cadena de comercialización ilegal”.
Se cita además al Reglamento General de la Policía (una ley del año
1975), donde se refiere que podrán echar al policía que se le compruebe
la “disminución de aptitudes físicas o mentales, que impidan el correcto
desempeño del cargo”.
Dos posibles escenarios
Se dispuso un “Procedimiento
administrativo aplicable al personal policial detectado en contacto de
consumo de drogas ilícitas”. Primero, habla de la “obligación ineludible
de someterse a los estudios que se indiquen a objeto de determinar el
consumo y/o contacto de uso con sustancias estupefacientes prohibidas
por Ley”. Al policía que el análisis le da resultado positivo, queda
“automáticamente sujeto a Junta Médica Superior” y sumariado en Asuntos
Internos.
Los médicos dispondrán las evaluaciones físicas y psicológicas que se
consideren pertinentes, “debiendo someter a un nuevo control de
presencia de substancias estupefacientes transcurridos los 90 días desde
su puesta a disposición de dicho tribunal médico”.
Luego, plantea dos situaciones: si la Junta Médica Policial determina
que “el funcionario presenta dependencia/adicción”, el mismo será
declarado como “inepto total y permanente" y le darán la baja por
invalidez. Si concluyen que el policía es consumidor eventual, el mismo
tendrá un sumario “por falta grave al ser considerado consumidor
recreativo y participar de manera directa o indirecta en la cadena del
narcomenudeo, no solo omitiendo su represión sino también cooperando con
tal entramado ilegal cuando su misión específica es justamente la
contraria”.
Críticas
La disposición causó distintas opiniones, y en
particular la preocupación de quienes vienen trabajando en torno al uso
medicinal del cannabis.
La resolución de Maslein “ha generado una razonable inquietud en torno a
derechos humanos básicos del personal que vela por el orden y la
seguridad de la ciudadanía entrerriana”, sostuvo el abogado Andrés
Bacigalupo, quien trabajó en la redacción de la Ley 10.894 y es un
activista en la temática, y agrega: “Surge el interrogante de qué pasará
con aquel personal policial que deba hacer uso de cannabis medicinal”.
Bacigalupo, primero, contextualizó el asunto: “En nuestro país, la
mirada sobre el consumo de cannabis ha sido abordada históricamente
desde agencias estatales que lo han asociado siempre a la criminalidad o
a la perdición de la moralidad, mas dichos enfoques pocas veces se han
sustentado sólida y rigurosamente en el campo científico y/o médico, en
efecto, en las escuelas de policía afirmar que el cannabis es un tóxico
alcanza ya de por sí para avalar cualquier conducta dirigida a impedir
su consumo o circulación en la población”.
Luego, apuntó a la “peligrosidad” de la resolución, que no ha
contemplado las distintas circunstancias que pueden ocurrir en torno al
consumo de marihuana: “Con la normativa vigente en nuestro país
cualquier ciudadano puede solicitar al Ministerio de Salud se le
autorice el autocultivo y consumo, así sea hasta para tratar migrañas
crónicas, insomnio, ansiedad o bruxismo. Imaginémonos desde ya la
cantidad de enfermedades y tratamientos postoperatorios o para aliviar
efectos de quimioterapias en los cuales cada día más se frecuenta
consumirlo en diversas presentaciones. El espíritu normativo tanto a
nivel nacional como provincial prácticamente ya no discrimina entre
patologías o dolencias, y su anclaje es constitucional y convencional en
resguardo del derecho a la salud. De allí a que considero que
posiblemente se generarán fuertes tensiones entre derechos humanos
básicos del personal policial”.
Por esto, es que Bacigalupo entiende que con las autoridades policiales
ponen en peligro la salud de policías que “se vería seriamente
comprometida obligándose a todo el cuerpo policial a acudir a
tratamientos convencionales que puedan perjudicarlos mucho más”. Más aún
teniendo en cuenta que en una institución como la Policía, “vertical y
rígida”, nadie se arriesgaría a perder el trabajo por más que necesite
del cannabis por su salud.
(UnoER)
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