El Gobierno definió cómo deberán informarse los resultados de los autotest de coronavirus
- - 2022-01-11 - Modificado el 2022-01-11
Lo hizo a través de una Resolución publicada en el Boletín Oficial. El producto se venderá exclusivamente en farmacias.
los usuarios deberán informar sobre los resultados de los testeos a las farmacias, y que estos comercios, a su vez, elevarán los informes pertinentes al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS).
La implementación del test de autoevaluación de COVID-19 colabora en el proceso de descentralización
necesario para brindar una mejor respuesta ante una situación que
afecte la salud pública, ya que no requieren de equipamiento o
tecnología de alta complejidad.
Según detalla uno de los anexos de la Resolución, “los resultados del test deben ser reportados de forma individualizada (atento al código de barra de cada empaque) una vez abierto dentro de las 24 hs. de realizado el mismo, y dentro de los 7 (SIETE) días de adquiridos
cuando no hubieran sido utilizados, ya sea por el usuario individual o
por un responsable de reporte en caso de gran volumen de test”.
El “reporte de uso” se divide en dos opciones. Por un lado, “en el caso de
que el producto sea adquirido por un usuario en una farmacia adherida,
el reporte de uso siempre se hace a la farmacia en la que se adquirió el
producto para lo cual el usuario dispondrá de los siguientes canales
alternativos: directamente en el punto de venta (farmacia) de forma
presencial o telefónica, una página web y otros que puedan
desarrollarse”.
En cuanto a la notificación de los resultados, las farmacias los reportarán al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) a través de los usuarios habilitados, para lo cual se otorgarán los accesos al SISA pertinentes.
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